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Calculadora de Vacaciones

¿No sabes cuántos días te puedes coger? Si no has trabajado el año completo en la empresa, te corresponde la parte proporcional de vacaciones. Calcúlalo aquí.

Ej: 31 de diciembre si sigues en la empresa.

Días generados en este periodo

0.0días

Equivale a unos 0 días enteros de vacaciones naturales.

Has trabajado un total de 0 días en el periodo seleccionado. Por cada día trabajado generas aproximadamente 0.082 días de vacaciones.

¿Cuántas vacaciones me corresponden?

En España, el derecho a vacaciones está regulado en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. Todos los trabajadores tienen derecho a vacaciones pagadas, y las normas básicas son claras:

  • Mínimo irrenunciable: Como mínimo, por convenio y ley, te corresponden 30 días naturales al año (lo que equivale a 2,5 días de vacaciones por cada mes trabajado).
  • Días laborables: Si tu convenio habla de días laborables, el mínimo son 22 días al año (aproximadamente 1,8 días por cada mes trabajado).
  • No se pueden pagar (con una excepción): Está prohibido sustituir las vacaciones por dinero. La única excepción es que tu contrato termine antes de que hayas podido disfrutarlas; en ese caso, te las deben pagar en el finiquito.

Preguntas Frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre días naturales y laborables?

Los días naturales incluyen fines de semana y festivos (todos los días del calendario). Los laborables solo incluyen los días que se trabaja habitualmente (normalmente de lunes a viernes). Legalmente, el mínimo anual es de 30 días naturales o 22 días laborables.

Si trabajo media jornada (tiempo parcial), ¿tengo menos vacaciones?

No. El Estatuto de los Trabajadores prohíbe discriminar a los trabajadores a tiempo parcial. Tienes exactamente los mismos días de vacaciones (ej. 30 naturales). Lo único que cambia es que, durante esos días de vacaciones, cobrarás en base a tu sueldo de media jornada, no de jornada completa.

¿Qué pasa con las vacaciones si me despiden o me voy de la empresa?

Todos los días de vacaciones que hayas generado y no hayas disfrutado todavía deben pagártelos en el finiquito de manera proporcional.

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